Page 340 - Catálogo de Industria
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20     EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL






          LA REGLAMENTACIÓN EUROPEA SOBRE LOS EPI





          Todo dispositivo o medio destinado para llevar o en poder de una persona para protegerla contra
          la mayoría de los riesgos o peligros para la salud y su seguridad en el trabajo, así como todos los
          complementos y accesorios destinados a este objetivo.
          Dos directivas europeas referentes a los Equipamientos de Protección Individual (EPI):

           Una sobre la concepción, la 89/686/CEE que define las obligaciones del fabricante.
           Una sobre la utilización, la 89/656/CEE que define las obligaciones de las empresas y sus
             trabajadores.












               Las obligaciones del
                      fabricante






          La directiva 89/686/CEE determina para cada una de las tres categorías de EPI, los procedimientos
          de certificación y las reglas técnicas que deben cumplir para beneficiarse de la libre circulación
          dentro de la Unión Europea. La aplicación de estas obligaciones deben aparecer en la declaración de
          conformidad.


          LA MARCA “CE” SE APLICA A LAS TRES CATEGORIAS EPIS:



          CATEGORIA 1: EPI DESTINADOS A RIESGOS                Si los resultados son positivos, el fabricante
          MENORES (higiene, heridas superficiales)             dispondrá sobre el EPI la marca CE reglamentaria,
          Para los EPI que cubren los riesgos menores,         tal y como está previsto en la norma europea
          el fabricante procederá a una auto certificación     que responde (marca de identificación y nivel
          CE y declarará “su responsabilidad” de que           de prestaciones) y realizará una declaración de
          cada nuevo producto es conforme con las              conformidad CE.
          especificaciones técnicas y las exigencias
          esenciales que dicta la directiva. Su                CATEGORIA 3: EPI DESTINADOS A RIESGOS
          responsabilidad está comprometida. El producto       GRAVES (Mortales o irreversibles para la salud)
          entonces tiene el marcado CE.                        Los EPI que cubren los riesgos graves serán,
                                                               a elección del fabricante, controlados en su
                                                               fabricación por un organismo habilitado y
          CATEGORIA 2: EPI DESTINADOS A RIESGOS                notificado a la Comisión Europea:
          INTERMEDIOS (mecánicos, térmicos, químicos)           o por un sistema de garantía de calidad CE de
          El fabricante solicitará el examen CE del tipo          producto acabado,
          de EPI, acompañado de un expediente técnico            o por un sistema que asegure la calidad CE de
          elaborado por el mismo, con un laboratorio              la fabricación bajo vigilancia.
          europeo, notificándolo a la Comisión Europea,        Los productos, responderán  a la categoría 3 y
          que procederá a una serie de ensayos y al            cuentan con el marcado CE, seguido del número
          examen del expediente técnico.                       del organismo que asegura el control de calidad.




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